Arminera 2007

VI EXPOSICION INTERNACIONAL DE MINERIA
2, 3 y 4 de Mayo • Centro Costa Salguero
Buenos Aires • Argentina

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REGLAMENTO GENERAL

1. NORMAS GENERALES
“ARMINERA 2007” – VI Exposición Internacional de Minería - organizada integralmente por VIEWPOINT S.A. en adelante Viewpoint, se regirá por el presente Reglamento General y Reglamento de Stands y Servicios Adicionales, como así también por los requerimientos de planillas y solicitudes de la Guía del Expositor que en su oportunidad sea entregada por el Comité Ejecutivo de la Exposición. Todos ellos son de cumplimiento obligatorio por parte de los expositores, quienes automáticamente los aceptan desde la firma de su Solicitud de Participación. El desconocimiento del presente reglamento no justifica su incumplimiento. La realización integral y dirección general de la exposición estará a cargo de VIEWPOINT S.A., cuyos integrantes o quienes los mismos designen, constituirán el Comité Ejecutivo de la muestra.

2. LUGAR Y FECHA
ARMINERA 2007 se realizará en el Centro Costa Salguero de la Ciudad de Buenos Aires desde el día Miércoles 02 al
Viernes 04 de Mayo de 2007.


3. AUTORIDADES
3.1 El Comité Ejecutivo, designado en adelante C.E., es la autoridad máxima de la exposición y sus decisiones serán, por lo tanto, inapelables.
3.2 Es facultad exclusiva del C.E. la aplicación e interpretación de los Reglamentos ante situaciones no previstas.
3.3 En caso de falta de cumplimiento de las disposiciones del presente Reglamento, o del Reglamento de Stands y Servicios Adicionales, VIEWPOINT podrá imponer a los infractores sanciones pecuniarias de hasta un máximo del 25% del valor del stand por expositor y por cada infracción. Las mismas podrán ser progresivas en caso de que no cesara la infracción o incumplimiento. Ello sin perjuicio de lo dispuesto en la Solicitud de Participación y en el punto 6.6. del presente Reglamento.

4. PARTICIPANTES Y PRODUCTOS
4.1 Todos los fabricantes, distribuidores, importadores, agentes, representantes o similares, sean nacionales o extranjeros
que comercialicen productos relacionados a la muestra. Su participación deberá ser aceptada por VIEWPOINT, quien
se reserva el derecho de admisión.
4.2 Entidades bancarias y financieras o de fomento y apoyo a las actividades relacionadas con la muestra.
4.3 Organismos oficiales afines a la industria del sector en el orden extranjero, nacional, provincial y municipal de todo el
país.
4.4 Organismos nacionales, extranjeros o internacionales relacionados con el desarrollo económico, tecnológico o financiero de la industria del sector.
4.5 Compañías de transporte y carga, que contribuyan a las exportaciones e importaciones de los productos de la muestra.
4.6 Empresas nacionales y del exterior que ofrezcan tecnología del exterior para aplicar al desarrollo de nuestra industria,
radicación de capitales, licencias de fabricación en el país, "Know how", "Joint venture" y similares.
4.7 En el stand de cada expositor no se podrá publicitar productos y/o servicios de terceros que no intervengan en la muestra, ni proveedores de elementos componentes de los productos de ese expositor. Los fabricantes podrán anunciar a sus distribuidores exclusivos y/o oficiales.
4.8 Los productos a exhibir deberán ser nuevos de fábrica, sin uso.
4.9 Las empresas expositoras sólo podrán exhibir la línea de productos que han consignado en la solicitud de Participación.
En caso de querer incorporar nuevos productos, deberán solicitar y obtener la correspondiente autorización por escrito de VIEWPOINT.

5. PUBLICIDAD - PROMOCION - FOTOGRAFIAS
5.1 Los expositores no podrán realizar publicidad y promoción fuera de sus stands, dentro de la exposición.
5.2 Los visitantes y/o expositores no podrán tomar fotografías ni realizar filmaciones dentro de la exposición sin autorización escrita de VIEWPOINT. VIEWPOINT se reserva el derecho de fotografiar o filmar la muestra, y de usar el material a su discreción.
5.3 Los equipos de sonido (radios, televisores, audiovisuales, etc.) que se instalen en funcionamiento permanente o dedemostración, deberán operar acústicamente aislados, no debiendo exceder los 20 dB (A) decibeles el nivel de presión sonora medido a 1 metro del perímetro del stand.
5.4 Los expositores no podrán propalar ninguna clase de música sin previamente acreditar el cumplimiento de las
disposiciones pertinentes ante SADAIC y AADI-CAPIF. Los expositores asumen la total responsabilidad por los pagos
que deben efectuarse a dichas entidades por la propagación de música.
5.5 Está permitida toda forma de publicidad dentro de los stands, siempre que su contenido no atente contra la moral y las buenas costumbres, no viole las normas legales vigentes, y se adecue a lo establecido en el Reglamento de Stands.

6. CONDICIONES DE PARTICIPACION Y FORMA DE PAGO
6.1 Para participar en ARMINERA 2007 las empresas interesadas deberán presentar la Solicitud de Participación completando todos los datos que se consignan en la misma, y deberá ser suscripta por el titular del fondo de comercio en el caso de personas físicas, o por el representante legal en el caso de personas jurídicas.
6.2 La Solicitud de Participación debe ser presentada en los formularios oficiales de la Exposición, en dos ejemplares junto con el documento de garantía.
6.3 Los precios y medidas de cada módulo son los que figuran en la lista de precios establecida por la muestra. La tarifa depende de las dimensiones de cada módulo.
6.4 Estas tarifas incluyen:
a- Utilización del espacio arrendado durante el tiempo de preparación, de exhibición y desarme de la exposición.
b- Provisión temporaria de elementos de limitación entre stands.
c- Alfombra de color uniforme tanto en los pasillos como en los stands.
d- Cartel de expositor normalizado tanto en su tamaño como en el tipo de letra.
e- Vigilancia en áreas comunes.
f- Limpieza general en áreas comunes.
g- Iluminación general y 50 watts por m2 para el consumo de cada expositor.
h- Credenciales e invitaciones en proporción al metraje contratado, según se establece en los Art. 13 y 14 del Reglamento General.
i- Figuración en el Catálogo Oficial de la exposición. Viewpoint S.A. no será responsable por errores u omisiones en él.
j- Publicidad y Promoción general de la exposición.
k- Asesoramiento en la presentación de la Empresa Expositora.
l- Sistema Informático por código de barras y entrega de listado de clientes que visitaron su stand.
6.5 El precio de los módulos será abonado de la siguiente forma: 20% (veinte por ciento) a la firma de la Solicitud de
Participación y el 80% (ochenta por ciento) restante en cuotas mensuales, iguales y consecutivas con vencimientos los días 10 de cada mes, a partir de la fecha de firma de la Solicitud de Participación. Estas cuotas deberán ser
documentadas a satisfacción de VIEWPOINT. A los pagos no efectuados en término se les aplicará un recargo por
intereses y gastos administrativos.
Los expositores deberán haber abonado el precio total del stand antes del 02 de Abril de 2007. Estas condiciones regirán en todos los casos, salvo que en la Solicitud de Participación se estableciera una forma de pago diferente. Todos los pagos deberán efectuarse en la sede administrativa VIEWPOINT S.A. de la calle Arenales 1131 2º Piso Of. "10" (C1061AAI) Buenos Aires- Argentina. La totalidad de los pagos establecidos en la Solicitud de Participación y/o en el Reglamento General, serán facturados y deberán ser abonados en dólares billetes estadounidenses. Si por cualquier causa fuera imposible el pago en la moneda establecida, el deudor sólo se desobligará haciendo entrega a VIEWPOINT de la cantidad de moneda argentina de curso legal, suficiente para adquirir los dólares adeudados según la cotización (dólar tipo vendedor) del día del pago según cotización Banco de la Nación Argentina.. El expositor manifiesta que posee en el momento de suscribir la Solicitud de Participación la cantidad de dólares necesarios para abonar la totalidad del precio, por lo que renuncia a invocar la teoría de la imprevisión y/o cualquier otra por la cual se pretenda la alteración de las modalidades referidas.
6.6 Incumplimiento de las obligaciones a cargo del expositor: La falta de cumplimiento de cualquiera de las obligaciones a
cargo del expositor en la forma establecida autorizará a VIEWPOINT S.A. a su opción a:
A) Exigir el cumplimiento del contrato suscrito y los daños y perjuicios correspondientes; o,
B) Rescindir el mismo de pleno derecho. En este último supuesto VIEWPOINT S.A. podrá optar entre:
1º) Retener definitivamente la totalidad de las sumas abonadas por el expositor hasta ese momento, exigiendo asimismo el pago del saldo total adeudado, con más los intereses correspondientes a las cuotas vencidas e impagas, dentro de los diez días de comunicada la decisión. Esta indemnización tarifada se establece con el carácter de cláusula penal. La falta de pago en tiempo autorizará a VIEWPOINT S.A. a exigir el pago de las sumas adeudadas, con más un interés equivalente a una vez y media la tasa activa establecida por el Banco de la Nación Argentina para sus operaciones ordinarias de descuento en la moneda adeudada (dólares estadounidenses); o,
2º) Retener definitivamente la totalidad de las sumas abonadas por el expositor y exigir asimismo la reparación de los daños y perjuicios efectivamente sufridos, en la medida en que los mismos excedan el monto de las sumas abonadas.
Sin perjuicio de lo expuesto precedentemente, y para el caso que Viewpoint S.A. autorizará al expositor a retirarse del evento antes de la inauguración del mismo, el expositor deberá abonar a Viewpoint S.A. , en concepto de multa, un porcentaje del precio pactado por el stand, de conformidad a la siguiente escala conforme a la fecha en la que se solicite la autorización respectiva:
• Más de 120 días previos al inicio del evento: 25%.
• Entre 91 y 119 días previos al inicio del evento: 50%.
• Entre 61 y 90 días previos al inicio del evento: 75%.
• Entre 30 y 60 días previos al inicio del evento: 100%
• Menos de 30 días previos al inicio del evento: 100% más un 50% extra.
6.7 Atento a que la suscripción de la Solicitud de Participación, implica no sólo el derecho sino también la obligación de participar en la exposición dando cumplimiento a las condiciones establecidas, el expositor no puede renunciar a ella.
Sin perjuicio de lo expuesto, si por cualquier causa el expositor decidiera no participar, será de aplicación lo
establecido en el punto 6.6. del presente Reglamento.
6.8 Sin perjuicio de lo establecido en el punto 6.6. del presente Reglamento, y sin que ello de lugar a reclamo o
indemnización alguna, VIEWPOINT se reserva los siguientes derechos:
6.8.1 De adjudicar a terceros los stands que en un plazo de 24 hs. de antelación a la inauguración, no hayan sido ocupados por sus expositores.
6.8.2 De clausurar los stands de los expositores que se encuentren en mora en el cumplimiento de cualquiera de sus
obligaciones y especialmente en el pago de los servicios adicionales.
6.8.3 De aplicar a los expositores que no hayan terminado la construcción de sus stands en el plazo estipulado, una multa de hasta el 25% del precio del stand en infracción. La misma deberá ser abonada dentro de las 24 hs. de
comunicada.

7. RESPONSABILIDADES - SEGUROS
7.1 El expositor será el único responsable por los daños sufridos por él mismo o su personal, por visitantes de la muestra o cualquier persona que se encuentre dentro de su stand, o por sus propios bienes o cosas, sea cual fuere la causa del daño. Será asimismo responsable por los daños causados dentro y fuera de su stand por su personal, o por las cosas de las que se sirve o tiene a su cuidado. Su responsabilidad también se extiende a los daños que a las personas o bienes causen los que tengan a su cargo el armado de su stand o el transporte de sus pertenencias. A todos los mencionados efectos asume a su cargo las consecuencias del caso fortuito o la fuerza mayor.
El Expositor se obliga a contratar los seguros que a continuación se detallan y que cubren los siguientes riesgos: a) INCENDIO del stand y contenido del mismo; b) ACCIDENTES DE TRABAJO, para el personal bajo su dependencia y/o de terceros ocupado en tareas de armado de su stand y actividades relacionadas a trabajos específicos inherentes; c) RESPONSABILIDAD EXTRACONTRACTUAL, por el ejercicio de la actividad del Expositor como participante de la muestra y en especial: incendio, explosión, descargas eléctricas, escapes de gas, caídas de objetos, carteles y suministro de alimentos; d) ROBO, sobre mercaderías propias del ramo instaladas en su stand, e) RESPONSABILIDAD ClVIL COMPRENSIVA, daños a cosas y/o personas ocasionadas por el Expositor o el personal a su cargo. Los mencionados seguros deberán ser a satisfacción de VIEWPOINT y deberán cubrir toda eventual responsabilidad y riesgo que pudiera recaer en VIEWPOINT S.A. incluyéndolo en la póliza como asegurado.
7.2 VIEWPOINT trasladará a los expositores el monto de los deterioros que sus constructores de stand, camiones y/o fletes de sus empresas, contratados por su cuenta o por cuenta de sus constructores de stand causen a las instalaciones tanto fijas y/o provisorias del Centro Costa Salguero y/o suministradas por la Exposición.
7.3 VIEWPOINT no se hace responsable por los daños que puedan producir al expositor las deficiencias de las instalaciones de luz y fuerza motriz, desagües, etc.; éste está obligado a colocar dispositivos de protección y seguridad para los equipos expuestos. Tampoco se hace responsable si por cualquier hecho y/o evento al que sea ajeno, se produjera la interrupción de estos servicios.
7.4 VIEWPOINT no se hace responsable por la anulación y/o deficiencia en los suministros efectuados por terceros a través de Centro Costa Salguero S.A., siendo ellos Edenor, Gas Natural, Aguas y Saneamiento Argentinos (AYSA), Telecom y otros.

8. CESION DEL ESPACIO
8.1 El expositor no podrá por ningún título, ceder, donar, vender, alquilar, transferir, ni compartir el lote adjudicado, ni parte de mismo sin la previa autorización por escrito del C.E.

9. VENTAS
9.1 Los expositores no podrán efectuar ventas al por menor de sus producto
s al público visitante.
9.2 Salvo autorización escrita de VIEWPOINT no podrán exhibirse carteles con precios y/o condiciones de pago de los
productos expuestos.
9.3 El horario de ingreso a la muestra de los productos destinados a la exhibición y los necesarios para el mantenimiento o
funcionamiento del stand, será únicamente el que oportunamente comunique VIEWPOINT S.A.
9.4 VIEWPOINT está facultado para prohibir la exhibición de los artículos que considere inadecuados a la temática y/o jerarquía de la exposición.
9.5 El servicio de vigilancia realizará un minucioso control de entrada y salida de materiales, las que deberán realizarse únicamente dentro de los horarios establecidos.

10. SEGURIDAD Y VIGILANCIA
10.1 VIEWPOINT establecerá personal de vigilancia general, responsable del orden y de la atención de imprevistos, no siendo responsable de robos y hurtos que se produzcan dentro de los stands. Durante las horas de cierre al público VIEWPOINT proveerá de personal de seguridad general y para los stands; por lo tanto no podrá permanecer dentro del recinto de la exposición otro personal que el de vigilancia citado. Las obligaciones de la vigilancia serán efectivas entre el cierre de cada día y la apertura del siguiente.
10.2 El Expositor se obliga, en cumplimiento de las disposiciones vigentes al respecto, a colocar en el interior del stand por lo menos un matafuego de polvo químico triclase ABC, de 10 Its. El mismo debe ubicarse en un lugar accesible y a la vista.

11. INAUGURACION Y HORARIOS
11.1 La ceremonia de inauguración de ARMINERA 2007 será el día Miércoles 02 de Mayo de 2007 a las 18 hs. La asistencia estará limitada a las invitaciones especiales que se cursen a autoridades nacionales, provinciales y municipales, cuerpo diplomático, delegaciones del interior, cámaras, asociaciones y prensa.
11.2 La Exposición estará habilitada al comerciante, empresario y/o profesional del sector a partir del día Miércoles 02 de Mayo a las 14 hs. El horario de la muestra será de 14 hs. a 21 hs.
11.3 Los horarios de atención del stand serán desde 15 minutos antes hasta 15 minutos después del horario citado en el art. 11.2.
11.4 Fuera de los horarios citados en 11.2 y 11.3 no se admitirá la permanencia dentro del Salón de otras personas que las pertenecientes a la organización de la Exposición, a la vigilancia y limpieza autorizadas en 10.1 y 12.1.
11.5 El Expositor está obligado a mantener personal en el stand durante todo el horario establecido todos los días.

12. LIMPIEZA
12.1 VIEWPOINT dispondrá de personal de limpieza de áreas comunes y de los stands. Los expositores se obligan:
a). Mantener los stands en impecables condiciones durante todo el horario de apertura.
b). Arrojar los desperdicios en los depósitos comunes y en ningún caso en los pasillos.
VIEWPOINT se reserva el derecho de clausurar el stand que a su juicio no cumpla con estas disposiciones.

13. CREDENCIALES
13.1 VIEWPOINT entregará a los expositores “Credenciales”, destinada a los Directores Ejecutivos de la Empresa Expositora en cantidad igual a 1 por cada 5 m² del lote ocupado (máximo 10). Cada credencial es válida para una persona sin limitación de ingresos.
13.2 VIEWPOINT entregará a los expositores credenciales de "Personal de stands" por cada 4 m² (máximo 20). Cada
credencial es válida para una persona y tendrá derecho a un acceso diario a la muestra.
13.3 Las credenciales indicadas se entregarán al expositor una vez satisfecha la totalidad de sus pagos por todo concepto.
13.4 Los expositores y su personal están obligados a permitir el examen de los bultos y/o vehículos que entren y/o salgan del Centro Costa Salguero.
13.5 La entrada de vehículos en el Centro Costa Salguero no está permitida durante las horas en que la Exposición está abierta al público.
Durante los períodos de armado y desarmado los vehículos estarán autorizados a permanecer la cantidad de tiempo necesaria para cargar y/o descargar y en los lugares que VIEWPOINT S.A. especificará para ese propósito.
13.6 Las credenciales son de uso personal, y la inapropiada utilización de las mismas, autoriza a VIEWPOINT para retirarlas y para prohibir a las personas involucradas en tales manipulaciones entrar a la Exposición.

14. INVITACIONES
14.1 Los expositores contarán con 200 invitaciones para ser entregadas a sus clientes o comerciantes del sector. En caso de necesitar más invitaciones profesionales, estas deben ser solicitadas a VIEWPOINT S.A. antes del día 02 de Abril de 2007.
14.2 La Exposición proveerá de tarjetas de invitación al Acto Inaugural para invitados del expositor en cantidad de 1 (una) por cada metro cuadrado de lote adquirido.
14.3 Las únicas invitaciones aceptadas por los controles de puertas para permitir el acceso a la muestra, serán las oficiales
entregadas por ARMINERA 2007. No tendrán validez otras invitaciones que puedan existir.
14.4.ARMINERA 2007 es una Exposición Profesional, por lo tanto no se admitirá el ingreso a menores de 14 años sin
excepción.
14.5 Viewpoint S.A. se reserva el derecho de negar la admisión de cualquier persona a su discreción.

15. REGLAMENTO DE STANDS Y SERVICIOS ADICIONALES
La documentación de proyectos, construcción y desarme de los stands, deben ajustarse al Reglamento de Stands y Servicios Adicionales que se adjunta y forma parte integrante de este Reglamento General.
VIEWPOINT S.A. en casos excepcionales se reserva el derecho de efectuar las autorizaciones y modificaciones al Reglamento de Stands y Servicios Adicionales, que a su mejor saber y entender considere convenientes para el mayor éxito de la exposición.

16. ASESORAMIENTO
VIEWPOINT S.A. está a disposición del Expositor para asesorarlo en todo lo concerniente a su participación, a los aspectos técnicos de la muestra e interpretación del presente Reglamento.

17. MODIFICACIONES - APLAZAMIENTO - ANULACION
La indicación de la ubicación de los módulos tiene el único valor de una intención de preferencia. VIEWPOINT se reserva el derecho de modificar los planos y en consecuencia la ubicación indicada. Asimismo cuando lo considere conveniente, y para un mejor desarrollo de la exposición, podrá modificar las fechas y horarios de la misma. En ningún caso el ejercicio de estos derechos por parte de VIEWPOINT, dará lugar a rescisión del presente, o a reclamo o indemnización alguna por parte de los expositores.
El caso fortuito o la fuerza mayor que tengan como consecuencia la anulación del evento sólo obligará a VIEWPOINT a devolver las sumas abonadas por los Expositores, previa deducción a prorrata de los gastos efectuados. En ningún caso dará derecho a indemnización alguna.
Se considera fuerza mayor todo acontecimiento que VIEWPOINT, no obstante haber procedido con razonable diligencia, no haya podido prever, o que aún previéndolo no haya podido evitar. Será considerado especialmente como fuerza mayor el hecho que, no obstante haberse contratado el espacio correspondiente para la realización del evento, el propietario o detentado del mismo no permita su utilización en la fecha acordada, por causas no imputables a VIEWPOINT.

18. DOMICILIO LEGAL
A todos los efectos legales constituyen domicilio, VIEWPOINT S.A. en Arenales 1131 2º Piso Of. "10" (C1061AAI) Buenos Aires - Argentina; el Expositor en el lugar que se determine en la Solicitud de Participación, y se someten a la jurisdicción de los tribunales ordinarios de la Capital Federal (Justicia en lo Comercial), con expresa renuncia a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponder.

19. LUGAR DE PAGO
Los pagos deberán efectuarse en las oficinas de VIEWPOINT S.A., Arenales 1131 2º Piso Of. "10" (C1061AAI) Buenos Aires-Argentina. Los cheques deben ser a la orden de VIEWPOINT S.A.


REGLAMENTO DE STAND
Y SERVICIOS ADICIONALES


1. CONDICIONES GENERALES
1.1 Las presentes normas plantean mínimas restricciones al proyecto de los stands, en consecuencia, el cumplimiento de las mismas es de indudable beneficio para el conjunto de los expositores. Las limitaciones de altura, cerramientos y cobertura, por ejemplo, han demostrado en las realizaciones anteriores, ser eficaces recursos de integración visual y coherencia de imagen. Este criterio normativo asegura a cada expositor un equilibrio en las posibilidades de exhibición de sus productos en un ámbito donde éstos deben ser, sin duda, los protagonistas. Estas normas son de cumplimiento obligatorio. Las autoridades de VIEWPOINT podrán observar, corregir por cuenta del expositor, prohibir y/o clausurar los stands que no se ajusten a estas normas.
1.2 Se define como "módulo", el espacio indicado en planos con su correspondiente numeración y medidas.
1.3 Se define como "stand" al total del espacio utilizado, y que puede estar formado por uno o más módulos.
1.4 A todos los efectos identificatorios del expositor (señalización, catálogo de expositores, etc.) se le adjudicará el menor de los números correspondientes a cada módulo utilizado por un mismo expositor.
1.5 En cada caso de que se considere conveniente, las autoridades del C.E. emitirán comunicados técnicos complementarios de estas normas, los cuales serán oportunamente publicados en los boletines informativos, por lo que se recomienda a los expositores, trasladar esa información a los respectivos proyectistas y constructores de stands.
Dichos comunicados son de pleno cumplimiento, igual que el presente Reglamento General.
1.6 El proyecto y dirección de stands en mas de 50 m. cuadrados deberán estar a cargo de un profesional (arquitecto o ingeniero).

2. RESTRICCIONES DIMENSIONALES
2.1 Ningún elemento puede exceder los límites del lote, a ninguna altura.
2.2 La altura máxima de las construcciones, inclusive artefactos de iluminación, será de 2,40 / 2,50 m.
2.3 Como excepción al punto 2.2 y con el objeto de permitir un mayor desarrollo arquitectónico del stand, se podrá llegar hasta los 3,50 m. de altura en una superficie delimitada por un retiro de 1,00 m. de cada uno de los lados del espacio utilizado, valiendo esto mismo para la línea de frente del stand.
2.4 Los stands de más de 50 m² de superficie podrán llegar hasta los 4 m. de altura, y los stands que superen los 90 m² podrán alcanzar los 5 m. de altura, siempre con la limitación de retirarse 1,00 m. de las medianeras y línea de frente.
2.5 En el caso de las construcciones en doble altura la superficie de planta superior no podrá ser mayor al 30% de la superficie total arrendada.
2.6 EI elemento que resulte elevado deberá presentar todas sus caras tratadas con igual jerarquía, esto es con el objeto de no interferir con la estética de los stands vecinos.
Los letreros y anuncios publicitarios que superan Ios 2,40 m. de altura deberán cumplir con esta condición.
En caso de dudas sobre la interpretación del presente artículo se solicita a las empresas participantes requerir las aclaraciones pertinentes a la Dirección Técnica de la exposición.
2.7 Los frentes de mostradores de atención, deberán quedar a una distancia mínima de 0,80 m. respecto de las líneas de frente de los lotes.
2.8 En todos los casos las medidas de los módulos serán tomadas de eje a eje. Al encontrarse los lotes divididos por
panelería cuyo espesor oscila entre los 7 y 40 mm. aproximadamente, se recomienda a los expositores trabajar en el
diseño de sus stands con márgenes de seguridad en las dimensiones de los elementos y verificar en obra las medidas
exactas del lote arrendado.

3. ELEMENTOS PROVISTOS POR “ARMINERA 2007”

3.1 Alfombra en el stand y pasillo.
3.2 Divisiones entre lotes, constituídas por panelerías de 2.40 / 2,50 m. de alto de sistema modular con perfil de aluminio y paneles blancos.
3.3 Cartel de expositor, uniformes en tamaño y tipo de letra con el nombre del expositor y número del stand.
Sobre este cartel no puede agregarse ningún otro tipo de leyenda u otro elemento, tampoco podrá cambiarse o corregir el nombre pedido en la solicitud de participación, ni la ubicación asignada a dicho cartel.
3.4 Todos los stands se proveen con 50 W de corriente eléctrica por 220 V por cada metro cuadrado de superficie de stand, sin cargo.

4. MEDIANERAS
4.1 Son tabiques de paneles de 2,40 / 2,50 m. de alto, sistema modular Octanorm o similar, con paneles blancos y perfilería de aluminio.
Sobre éstos se pueden fijar únicamente materiales autoadhesivos, pero no pintar, clavar o cortar, atornillar, causar daño alguno; los paneles dañados se cobrarán al expositor. Podrá colgarse del perfil superior cuadros, murales, o muestrarios que no superen los 5 kg. por panel.
Estos paneles serán utilizados sólo como medianeras de lotes, demarcando los laterales y el fondo de los mismos, por lo tanto, no podrá cambiarse su posición, ni sacar o agregar paneles adicionales.
4.2 Cada expositor deberá comunicar a la intendencia de la exposición cualquier deterioro que pudiese existir,
tanto en los paneles como en el piso o paredes del edificio, en el momento de hacerse cargo del espacio. En tal caso se procederá a entregar un comprobante de descargo.

5. PISOS
5.1 Es conveniente realizar un reconocimiento del lugar antes de la construcción.
5.2 El piso existente es de asfalto pigmentado.
5.3 El piso no se puede enduir, pintar ni cubrir con materiales granulados. Puede cubrirse con tarimas, alfombras o
revestimientos sobre tarimas.
5.4 Está prohibido perforar, romper, deteriorar o excavar canaletas en el piso.
5.5 Los pisos existentes tienen una resistencia máxima de 2,5 kg. por centímetro cuadrado. Objetos pesados, máquinas o columnas deberán repartir el peso apoyándose sobre planchas de hierro o tablones de madera de sección suficiente.
5.6 No se admiten fundaciones ni cimientos. Todas las construcciones deben apoyarse sobre el piso existente, sin
romperlo.

6. PLAN DE TIEMPOS
Presentación de Planos: hasta el 02 de Abril de 2007.
Pago de Servicios Adicionales: hasta el 02 de Abril de 2007
Retiro de Credenciales e Invitaciones: desde el 02 de Abril de 2007.
Retiro del Permiso de Iniciación de Montaje: desde el 02 de Abril de 2007.
Montaje de Stands: desde el Martes 01 a las 8 horas hasta el Miércoles 02 a las 12 horas.
Acto inaugural: Miércoles 02 de Mayo a las 18 hs.
Período de Apertura al Comerciante y/o Profesional del Sector: del Miércoles 02 de Mayo al Viernes 04 de Mayo de 14 a 21 hs.
Desmontaje y Retiro de los Elementos de Stands: desde el Viernes 04 a las 21 horas hasta el Sábado 05 a las 10 horas.

7. DESARME
7.1 Los expositores están obligados a retirar sus productos, a desarmar y retirar sus stands y a devolver el lote y los elementos provistos por la exposición (ver art. 3) en iguales condiciones a las recibidas, a partir de las 21 hs. del
04 de Mayo hasta las 10hs. del Sábado 5.

7.2 Los deterioros que se comprueben serán consignados por las autoridades de la exposición en el formulario "Certificado de Salida". Este deberá ser solicitado en Intendencia al finalizar el desarme y previamente a su retiro del predio, en todos los casos. Los expositores que no lo soliciten aceptan la liquidación de gastos ocasionados. Los deterioros producidos en instalaciones se repararán a cargo del Expositor, procediéndose luego a deducir el monto resultante del Documento de Garantía a que hace mención el art. 8.
Los Expositores no están autorizados a realizar reparaciones de ninguna clase.
7.3 El incumplimiento del desarme y de la desocupación del lote en la oportunidad establecida, dará derecho a VIEWPOINT a efectuarlo, por cuenta y a cargo del expositor como asimismo a retener en garantía los materiales y/o mercadería del expositor hasta que éste cancele la totalidad de los gastos originados. Asimismo podrá aplicar al expositor una multa de hasta un diez por ciento (10%) del valor del stand. Transcurridos 30 días desde la finalización de Ia exposición sin que el expositor haya cancelado su deuda y se haya hecho cargo de sus pertenencias, VIEWPOINT queda autorizado a vender en pública subasta, sin base, al mejor postor y a través de martillero de su elección, los bienes retenidos. Una vez cubiertos los gastos y cancelada la deuda del expositor, el saldo si lo hubiera será puesto a su disposición.

8. GARANTIA
8.1 En garantía del cumplimiento del presente Reglamento General el expositor deberá firmar una carta compromiso en papel membrete de la empresa por la cual se hace responsable por los daños causados por su personal, transportistas,
o por las cosas de las que se sirve o tiene a su cuidado.
Si no existieran tales daños le será devuelto al expositor en la oficina de VIEWPOINT contra la presentación del "Certificado de Salida", que deberá solicitar en Intendencia al finalizar el desarme y previamente a su retiro del predio, en todos los casos. Esta será expedido por las autoridades de la Exposición consignado CON o SIN cargos para el expositor dependiendo que haya deterioros o daños imputables o no, respectivamente.
8.2 La carta compromiso será destruida 30 días después de la fecha de vencimiento, si no ha sido retirado por el
expositor.

9. PROHIBICIONES
9.1 Los expositores que deseen instalar emisores de sonido (audiovisuales, videograbadores) en funcionamiento permanente o intermitente, deberán instalarlos en condiciones que no produzcan molestias.
9.2 Están prohibidos todos los materiales de albañilería, o cualquier otra clase de construcción húmeda o materiales sueltos (granza, piedra partida, aserrín, etc.). Todos Ios materiales deben ser de la menor combustibilidad.
9.3 Está prohibido picar, agujerear, soldar, cortar, pintar, colgar de, apoyar en y/o deteriorar las paredes, pavimentos,
columnas, techos, cordones y toda instalación existente.
9.4 Los cielorrasos en todos los casos deben ser autoportantes, es decir, no pueden apoyarse sobre los tabiques
medianeros.
9.5 Los tableros de electricidad general ubicados en posiciones que resulten incluídas dentro de los lotes deberán mantener fácil acceso permanente. Los elementos de prevención de incendios deberán, además, quedar a la vista.
9.6 Utilizar cualquier tipo de calefactores o artefactos que funcionen a gas o combustible líquido.
9.7 Quedan prohibidos los carteles luminosos, destellos, luces intermitentes o giratorias.

10. PRESENTACION DE PLANOS Y DOCUMENTACION
10.1 Los expositores deberán presentar antes del 02/04/2007 en las oficinas de VIEWPOINT, Arenales 1131 2º Piso Of. "10" (C1061AAI) Buenos Aires - Argentina, dos copias de planos en escala 1:20 o 1:50, cada copia con una elevación y una planta del stand (no perspectiva). Los planos aprobados u observados podrán ser retirados 10 días después de su presentación.
10.2 "Permiso de Iniciación de Montaje": para poder iniciar la construcción del stand los expositores o sus constructores,
debidamente autorizados, deberán contar con el permiso de referencia, el cual será entregado por VIEWPOINT.
Para obtener el "Permiso de Iniciación de Montaje" los expositores deberán haber cumplimentado previamente las siguientes obligaciones:
a) Tener firmada la solicitud de participación.
b) Haber cancelado todo saldo exigible.
c) Haber firmado la carta compromiso.
d) Haber presentado en los plazos establecidos documentación reglamentaria.
e) No se permitirá, sin excepciones, la iniciación del montaje de stands, el acopio de elementos,
ni el ingreso de materiales o equipos de montaje, a aquellas empresas expositoras a quienes no se les haya entregado el correspondiente permiso, el cual deberá ser presentado cada vez que la Intendencia de la muestra lo solicite.

11. SANCIONES
11.1 Las autoridades de la exposición realizarán sucesivas inspecciones para verificar el correcto cumplimiento de las normas establecidas.
11.2 La falta de cumplimiento de las disposiciones del presente Reglamento de Stands, sin perjuicio de lo
establecido en el punto 6.6 del Reglamento General, y para el caso de que una vez requerido el expositor no cesara la transgresión, autorizará a VIEWPOINT.
11.2.1 A aplicar a los expositores multas de hasta el 25% del precio del stand en infracción.
Las mismas deberán ser abonadas dentro de las 24 horas de comunicadas.
11.2.2 A cortar en forma transitoria o definitiva el suministro eléctrico del stand.
11.2.3 A clausurar en forma provisoria o definitiva el stand.
11.2.4 A efectuar por cuenta y cargo del expositor la inmediata corrección de las irregularidades existentes.
11.2.5 Las sanciones establecidas podrán ser aplicadas en forma conjunta o separada. En ningún caso la
aplicación de estas sanciones otorgará al expositor derecho a reclamo o indemnización alguna.

12. SOLICITUD DE SERVICIOS ADICIONALES
12.1 Estos servicios deberán ser solicitados en formulario a VIEWPOINT S.A. y abonados en la sede del mismo en
Buenos Aires antes del 02 de Abril de 2007.
12.2 Pedidos y pagos fuera de término. No se aceptarán solicitudes fuera de los términos indicados, ni se proveerán los servicios impagos en las fechas expresadas en 12.1.
12.3 La tarifa se comunicará oportunamente en un Boletín Informativo.

13. ENERGIA ELECTRICA
13.1 Iluminación:
Podrá solicitarse con cargo adicional (además de los 50 W por cada metro cuadrado por stand que le
corresponden sin cargo), conexión de corriente eléctrica hasta un máximo de 100 watts por m² de stand arrendado. El
expositor deberá basar su pedido en el cálcuIo de potencias de uso simultáneo.
Por razones de carácter técnico no podrán atenderse pedidos de electricidad con posterioridad al vencimiento del plazo establecido a tal efecto, con excepción de los casos de los stands adquiridos con posterioridad a dicho plazo. No se atenderán pedidos de reintegro o de dinero por cargas pagadas y no usadas.

13.2 Cálculo de carga: La unidad de medida para el cálculo de la energía eléctrica será el Kw (equivalente a 1000 watts), y éste podrá ser fraccionado sólo en medios Kw (0,5 Kw). Asimismo la potencia mínima a instalar por expositor será de 1 Kw.
13.3 Suministro de energía: La energía eléctrica será suministrada desde las cajas o buzones existentes en las islas o
columnas de los pabellones. El tendido de las líneas, no la conexión, hasta estas cajas o buzones, lo realizará el
expositor con conductores de cobre de sección no inferior a 2,5 mm.. Las acometidas monofásicas se permitirán sólo
hasta 3 Kw, para potencias superiores la línea será trifásica equilibrando la carga. El acceso a las cajas o buzones
está vedado al ARMINERA 2007 suministrará borme de tierra para seguridad el cual será de conexión obligatoria, es
decir no se suministrará energía eléctrica sin el correspondiente conductor de protección y el interruptor general
blindado.
13.4 Instalaciones obligatorias por cuenta y cargo del expositor: Más de 1 Kw: una caja con llaves térmicas con capacidad equivalente a la potencia solicitada.
Para iluminación del stand: Interruptor, conductores hasta artefactos.
Para fuerza motriz: conductor desde caja a interruptor general; interruptor general; conductores hasta interruptores de cada motor; arrancadores limitadores de corriente en todo motor mayor de 10 HP, dispositivos de seguridad en cada motor.
Conductores: Deberán ser de sección adecuada. Los vivos y neutro de goma o P.V.C. de tierra, desnudo. El cable de tierra deberá ser fácilmente identificable del resto de los conductores.
Interruptores: H30 hasta 1/2 Kw. convencional a baquelita, mayores de 1/2 Kw. metálicos blindados con base aislante, interruptor, portafusibles, de capacidad igual a la potencia solicitada.
Instalaciones: los conductores deben aislarse adosados a cantos de panel o sobre piso sin romper ni calar paneles ni piso; y debidamente protegidos. No se admite cable a tierra como divisor de fase.
En ningún caso la posible "tensión de contacto" podrá ser superior a 24 Volts, a este efecto, tanto la calibración de las protecciones y la sección del conductor correspondiente serán las adecuadas para producir la interrupción del suministro en caso de cualquier falla.
La comprobación de la tensión de contacto, la vinculación eléctrica de todas las partes metálicas y el correcto funcionamiento de las protecciones será exclusiva responsabilidad del expositor. VIEWPOINT no se responsabiliza en casos de deficiencias en las instalaciones de iluminación y otros artefactos eléctricos.
CONEXION: para obtener corriente el expositor debe contar con la aprobación de su instalación por el C.E. (Dirección Técnica).
DESCONEXION: cada día, a la hora de cierre, el expositor debe desconectar:
1) Interruptor de cada máquina o equipo de 380 V.
2) Interruptor general de 380 volts.
3) Interruptor de cada máquina, equipo o circuitos de iluminación de 220 V.
4) Interruptor general de 220 volts.
13.5 El expositor asume la totalidad de la responsabilidad por los daños provocados por sus elementos eléctricos.

14. AGUA Y DESAGÜE
No se proveen conexiones de agua ni desagüe, estas serán con cargo.
Los expositores que necesiten de este servicio, deberán consultar a VIEWPOINT (Dirección Técnica) acerca de la factibilidad de realizar la instalación de la ubicación de los espacios que deseen ocupar, atento a que el Centro Costa Salguero no cuenta con este servicio.
Se aconseja a los expositores que decidieran exhibir elementos con incorporación de agua en movimiento, hacerlo mediante la utilización de circuitos cerrados de conducción.

15. MATAFUEGOS
Es obligatorio, de acuerdo con las disposiciones vigentes del Departamento de Bomberos de la Policía Federal, disponer en cada stand de un matafuegos de 1 kg. de carga mínima. El mismo debe ubicarse en un lugar accesible y a la vista.

16. PROHIBICIONES
16.1 Efectuar conexiones clandestinas y/o conectar potencias superiores a las solicitadas o aprobadas por la Dirección
Técnica.
En todo momento el Expositor deberá facilitar la inspección de las instalaciones por parte de D.T. o C.E.
16.2 Utilizar cualquier tipo de calefactores y/o artefactos que funcionen a gas o combustible líquido.

17. TARIFAS

Los precios por los servicios que serán estrictamente los de costo (incluyendo instalación y suministro) serán puestos en conocimiento de los expositores a través de los correspondientes boletines informativos.


Reglamento
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