2.
LUGAR Y FECHA
ARMINERA 2007 se realizará en
el Centro Costa Salguero de la Ciudad de Buenos Aires
desde el día Miércoles 02 al
Viernes 04 de Mayo de 2007.
3. AUTORIDADES
3.1 El Comité Ejecutivo, designado
en adelante C.E., es la autoridad máxima de la
exposición y sus decisiones serán, por lo
tanto, inapelables.
3.2 Es facultad exclusiva del C.E. la
aplicación e interpretación de los Reglamentos
ante situaciones no previstas.
3.3 En caso de falta de cumplimiento
de las disposiciones del presente Reglamento, o del Reglamento
de Stands y Servicios Adicionales, VIEWPOINT podrá
imponer a los infractores sanciones pecuniarias de hasta
un máximo del 25% del valor del stand por expositor
y por cada infracción. Las mismas podrán
ser progresivas en caso de que no cesara la infracción
o incumplimiento. Ello sin perjuicio de lo dispuesto en
la Solicitud de Participación y en el punto 6.6.
del presente Reglamento.
4.
PARTICIPANTES Y PRODUCTOS
4.1 Todos los fabricantes, distribuidores,
importadores, agentes, representantes o similares, sean
nacionales o extranjeros
que comercialicen productos relacionados a la muestra.
Su participación deberá ser aceptada por
VIEWPOINT, quien
se reserva el derecho de admisión.
4.2 Entidades bancarias y financieras
o de fomento y apoyo a las actividades relacionadas con
la muestra.
4.3 Organismos oficiales afines a la
industria del sector en el orden extranjero, nacional,
provincial y municipal de todo el
país.
4.4 Organismos nacionales, extranjeros
o internacionales relacionados con el desarrollo económico,
tecnológico o financiero de la industria del sector.
4.5 Compañías de transporte
y carga, que contribuyan a las exportaciones e importaciones
de los productos de la muestra.
4.6 Empresas nacionales y del exterior
que ofrezcan tecnología del exterior para aplicar
al desarrollo de nuestra industria,
radicación de capitales, licencias de fabricación
en el país, "Know how", "Joint venture"
y similares.
4.7 En el stand de cada expositor no
se podrá publicitar productos y/o servicios de
terceros que no intervengan en la muestra, ni proveedores
de elementos componentes de los productos de ese expositor.
Los fabricantes podrán anunciar a sus distribuidores
exclusivos y/o oficiales.
4.8 Los productos a exhibir deberán
ser nuevos de fábrica, sin uso.
4.9 Las empresas expositoras sólo
podrán exhibir la línea de productos que
han consignado en la solicitud de Participación.
En caso de querer incorporar nuevos productos, deberán
solicitar y obtener la correspondiente autorización
por escrito de VIEWPOINT.
5.
PUBLICIDAD - PROMOCION - FOTOGRAFIAS
5.1 Los expositores no podrán
realizar publicidad y promoción fuera de sus stands,
dentro de la exposición.
5.2 Los visitantes y/o expositores no
podrán tomar fotografías ni realizar filmaciones
dentro de la exposición sin autorización
escrita de VIEWPOINT. VIEWPOINT se reserva el derecho
de fotografiar o filmar la muestra, y de usar el material
a su discreción.
5.3 Los equipos de sonido (radios, televisores,
audiovisuales, etc.) que se instalen en funcionamiento
permanente o dedemostración, deberán operar
acústicamente aislados, no debiendo exceder los
20 dB (A) decibeles el nivel de presión sonora
medido a 1 metro del perímetro del stand.
5.4 Los expositores no podrán
propalar ninguna clase de música sin previamente
acreditar el cumplimiento de las
disposiciones pertinentes ante SADAIC y AADI-CAPIF. Los
expositores asumen la total responsabilidad por los pagos
que deben efectuarse a dichas entidades por la propagación
de música.
5.5 Está permitida toda forma
de publicidad dentro de los stands, siempre que su contenido
no atente contra la moral y las buenas costumbres, no
viole las normas legales vigentes, y se adecue a lo establecido
en el Reglamento de Stands.
6.
CONDICIONES DE PARTICIPACION Y FORMA DE PAGO
6.1 Para participar en ARMINERA
2007 las empresas interesadas deberán
presentar la Solicitud de Participación completando
todos los datos que se consignan en la misma, y deberá
ser suscripta por el titular del fondo de comercio en
el caso de personas físicas, o por el representante
legal en el caso de personas jurídicas.
6.2 La Solicitud de Participación
debe ser presentada en los formularios oficiales de la
Exposición, en dos ejemplares junto con el documento
de garantía.
6.3 Los precios y medidas de cada módulo
son los que figuran en la lista de precios establecida
por la muestra. La tarifa depende de las dimensiones de
cada módulo.
6.4 Estas tarifas incluyen:
a- Utilización del espacio arrendado durante el
tiempo de preparación, de exhibición y desarme
de la exposición.
b- Provisión temporaria de elementos de limitación
entre stands.
c- Alfombra de color uniforme tanto en los pasillos como
en los stands.
d- Cartel de expositor normalizado tanto en su tamaño
como en el tipo de letra.
e- Vigilancia en áreas comunes.
f- Limpieza general en áreas comunes.
g- Iluminación general y 50 watts por m2 para el
consumo de cada expositor.
h- Credenciales e invitaciones en proporción al
metraje contratado, según se establece en los Art.
13 y 14 del Reglamento General.
i- Figuración en el Catálogo Oficial de
la exposición. Viewpoint S.A.
no será responsable por errores u omisiones en
él.
j- Publicidad y Promoción general de la exposición.
k- Asesoramiento en la presentación de la Empresa
Expositora.
l- Sistema Informático por código de barras
y entrega de listado de clientes que visitaron su stand.
6.5
El precio de los
módulos será abonado de la siguiente forma:
20% (veinte por ciento) a la firma de la Solicitud de
Participación y el 80% (ochenta por ciento) restante
en cuotas mensuales, iguales y consecutivas con vencimientos
los días 10 de cada mes, a partir de la fecha de
firma de la Solicitud de Participación. Estas cuotas
deberán ser
documentadas a satisfacción de VIEWPOINT. A los
pagos no efectuados en término se les aplicará
un recargo por
intereses y gastos administrativos.
Los expositores deberán haber abonado el precio
total del stand antes del 02 de Abril de 2007. Estas condiciones
regirán en todos los casos, salvo que en la Solicitud
de Participación se estableciera una forma de pago
diferente. Todos los pagos deberán efectuarse en
la sede administrativa VIEWPOINT S.A.
de la calle Arenales 1131 2º Piso Of. "10"
(C1061AAI) Buenos Aires- Argentina. La totalidad de los
pagos establecidos en la Solicitud de Participación
y/o en el Reglamento General, serán facturados
y deberán ser abonados en dólares billetes
estadounidenses. Si por cualquier causa fuera imposible
el pago en la moneda establecida, el deudor sólo
se desobligará haciendo entrega a VIEWPOINT de
la cantidad de moneda argentina de curso legal, suficiente
para adquirir los dólares adeudados según
la cotización (dólar tipo vendedor) del
día del pago según cotización Banco
de la Nación Argentina.. El expositor manifiesta
que posee en el momento de suscribir la Solicitud de Participación
la cantidad de dólares necesarios para abonar la
totalidad del precio, por lo que renuncia a invocar la
teoría de la imprevisión y/o cualquier otra
por la cual se pretenda la alteración de las modalidades
referidas.
6.6 Incumplimiento de las obligaciones a cargo del expositor:
La falta de cumplimiento de cualquiera de las obligaciones
a
cargo del expositor en la forma establecida autorizará
a VIEWPOINT S.A. a su opción a:
A) Exigir el cumplimiento del contrato suscrito y los
daños y perjuicios correspondientes; o,
B) Rescindir el mismo de pleno derecho. En este último
supuesto VIEWPOINT S.A. podrá
optar entre:
1º) Retener definitivamente la totalidad de las sumas
abonadas por el expositor hasta ese momento, exigiendo
asimismo el pago del saldo total adeudado, con más
los intereses correspondientes a las cuotas vencidas e
impagas, dentro de los diez días de comunicada
la decisión. Esta indemnización tarifada
se establece con el carácter de cláusula
penal. La falta de pago en tiempo autorizará a
VIEWPOINT S.A. a exigir el pago de las
sumas adeudadas, con más un interés equivalente
a una vez y media la tasa activa establecida por el Banco
de la Nación Argentina para sus operaciones ordinarias
de descuento en la moneda adeudada (dólares estadounidenses);
o,
2º) Retener definitivamente la totalidad de las sumas
abonadas por el expositor y exigir asimismo la reparación
de los daños y perjuicios efectivamente sufridos,
en la medida en que los mismos excedan el monto de las
sumas abonadas.
Sin perjuicio de lo expuesto precedentemente, y para el
caso que Viewpoint S.A. autorizará
al expositor a retirarse del evento antes de la inauguración
del mismo, el expositor deberá abonar a Viewpoint
S.A. , en concepto de multa, un porcentaje del
precio pactado por el stand, de conformidad a la siguiente
escala conforme a la fecha en la que se solicite la autorización
respectiva:
• Más de 120 días previos al inicio
del evento: 25%.
• Entre 91 y 119 días previos al inicio del
evento: 50%.
• Entre 61 y 90 días previos al inicio del
evento: 75%.
• Entre 30 y 60 días previos al inicio del
evento: 100%
• Menos de 30 días previos al inicio del
evento: 100% más un 50% extra.
6.7 Atento a que la suscripción
de la Solicitud de Participación, implica no sólo
el derecho sino también la obligación de
participar en la exposición dando cumplimiento
a las condiciones establecidas, el expositor no puede
renunciar a ella.
Sin perjuicio de lo expuesto, si por cualquier causa el
expositor decidiera no participar, será de aplicación
lo
establecido en el punto 6.6. del presente Reglamento.
6.8 Sin perjuicio de lo establecido en
el punto 6.6. del presente Reglamento, y sin que ello
de lugar a reclamo o
indemnización alguna, VIEWPOINT se reserva los
siguientes derechos:
6.8.1 De adjudicar a terceros los stands
que en un plazo de 24 hs. de antelación a la inauguración,
no hayan sido ocupados por sus expositores.
6.8.2 De clausurar los stands de los
expositores que se encuentren en mora en el cumplimiento
de cualquiera de sus
obligaciones y especialmente en el pago de los servicios
adicionales.
6.8.3 De aplicar a los expositores que
no hayan terminado la construcción de sus stands
en el plazo estipulado, una multa de hasta el 25% del
precio del stand en infracción. La misma deberá
ser abonada dentro de las 24 hs. de
comunicada.
7.
RESPONSABILIDADES - SEGUROS
7.1 El expositor será el único
responsable por los daños sufridos por él
mismo o su personal, por visitantes de la muestra o cualquier
persona que se encuentre dentro de su stand, o por sus
propios bienes o cosas, sea cual fuere la causa del daño.
Será asimismo responsable por los daños
causados dentro y fuera de su stand por su personal, o
por las cosas de las que se sirve o tiene a su cuidado.
Su responsabilidad también se extiende a los daños
que a las personas o bienes causen los que tengan a su
cargo el armado de su stand o el transporte de sus pertenencias.
A todos los mencionados efectos asume a su cargo las consecuencias
del caso fortuito o la fuerza mayor.
El Expositor se obliga a contratar los seguros que a continuación
se detallan y que cubren los siguientes riesgos: a) INCENDIO
del stand y contenido del mismo; b) ACCIDENTES DE TRABAJO,
para el personal bajo su dependencia y/o de terceros ocupado
en tareas de armado de su stand y actividades relacionadas
a trabajos específicos inherentes; c) RESPONSABILIDAD
EXTRACONTRACTUAL, por el ejercicio de la actividad del
Expositor como participante de la muestra y en especial:
incendio, explosión, descargas eléctricas,
escapes de gas, caídas de objetos, carteles y suministro
de alimentos; d) ROBO, sobre mercaderías propias
del ramo instaladas en su stand, e) RESPONSABILIDAD ClVIL
COMPRENSIVA, daños a cosas y/o personas ocasionadas
por el Expositor o el personal a su cargo. Los mencionados
seguros deberán ser a satisfacción de VIEWPOINT
y deberán cubrir toda eventual responsabilidad
y riesgo que pudiera recaer en VIEWPOINT S.A.
incluyéndolo en la póliza como asegurado.
7.2 VIEWPOINT trasladará a los
expositores el monto de los deterioros que sus constructores
de stand, camiones y/o fletes de sus empresas, contratados
por su cuenta o por cuenta de sus constructores de stand
causen a las instalaciones tanto fijas y/o provisorias
del Centro Costa Salguero y/o suministradas por la Exposición.
7.3
VIEWPOINT no se hace responsable por los daños
que puedan producir al expositor las deficiencias de las
instalaciones de luz y fuerza motriz, desagües, etc.;
éste está obligado a colocar dispositivos
de protección y seguridad para los equipos expuestos.
Tampoco se hace responsable si por cualquier hecho y/o
evento al que sea ajeno, se produjera la interrupción
de estos servicios.
7.4 VIEWPOINT no se hace responsable
por la anulación y/o deficiencia en los suministros
efectuados por terceros a través de Centro Costa
Salguero S.A., siendo ellos Edenor, Gas Natural, Aguas
y Saneamiento Argentinos (AYSA), Telecom y otros.
8.
CESION DEL ESPACIO
8.1 El expositor no podrá por
ningún título, ceder, donar, vender, alquilar,
transferir, ni compartir el lote adjudicado, ni parte
de mismo sin la previa autorización por escrito
del C.E.
9.
VENTAS
9.1 Los expositores no podrán
efectuar ventas al por menor de sus productos
al público visitante.
9.2 Salvo autorización escrita
de VIEWPOINT no podrán exhibirse carteles con precios
y/o condiciones de pago de los
productos expuestos.
9.3 El horario de ingreso a la muestra
de los productos destinados a la exhibición y los
necesarios para el mantenimiento o
funcionamiento del stand, será únicamente
el que oportunamente comunique VIEWPOINT S.A.
9.4 VIEWPOINT está facultado para
prohibir la exhibición de los artículos
que considere inadecuados a la temática y/o jerarquía
de la exposición.
9.5 El servicio de vigilancia realizará
un minucioso control de entrada y salida de materiales,
las que deberán realizarse únicamente dentro
de los horarios establecidos.
10.
SEGURIDAD Y VIGILANCIA
10.1 VIEWPOINT establecerá personal
de vigilancia general, responsable del orden y de la atención
de imprevistos, no siendo responsable de robos y hurtos
que se produzcan dentro de los stands. Durante las horas
de cierre al público VIEWPOINT proveerá
de personal de seguridad general y para los stands; por
lo tanto no podrá permanecer dentro del recinto
de la exposición otro personal que el de vigilancia
citado. Las obligaciones de la vigilancia serán
efectivas entre el cierre de cada día y la apertura
del siguiente.
10.2 El Expositor se obliga, en cumplimiento
de las disposiciones vigentes al respecto, a colocar en
el interior del stand por lo menos un matafuego de polvo
químico triclase ABC, de 10 Its. El mismo debe
ubicarse en un lugar accesible y a la vista.
11.
INAUGURACION Y HORARIOS
11.1
La ceremonia de inauguración de ARMINERA
2007 será el día Miércoles
02 de Mayo de 2007 a las 18 hs. La asistencia estará
limitada a las invitaciones especiales que se cursen a
autoridades nacionales, provinciales y municipales, cuerpo
diplomático, delegaciones del interior, cámaras,
asociaciones y prensa.
11.2 La Exposición estará
habilitada al comerciante, empresario y/o profesional
del sector a partir del día Miércoles 02
de Mayo a las 14 hs. El horario de la muestra será
de 14 hs. a 21 hs.
11.3 Los horarios de atención del stand serán
desde 15 minutos antes hasta 15 minutos después
del horario citado en el art. 11.2.
11.4 Fuera de los horarios citados en
11.2 y 11.3 no se admitirá la permanencia dentro
del Salón de otras personas que las pertenecientes
a la organización de la Exposición, a la
vigilancia y limpieza autorizadas en 10.1 y 12.1.
11.5 El Expositor está obligado
a mantener personal en el stand durante todo el horario
establecido todos los días.
12.
LIMPIEZA
12.1 VIEWPOINT dispondrá de personal
de limpieza de áreas comunes y de los stands. Los
expositores se obligan:
a). Mantener los stands en impecables condiciones durante
todo el horario de apertura.
b). Arrojar los desperdicios en los depósitos comunes
y en ningún caso en los pasillos.
VIEWPOINT se reserva el derecho de clausurar el stand
que a su juicio no cumpla con estas disposiciones.
13.
CREDENCIALES
13.1 VIEWPOINT entregará a los
expositores “Credenciales”,
destinada a los Directores Ejecutivos de la Empresa Expositora
en cantidad igual a 1 por cada 5 m² del lote ocupado
(máximo 10). Cada credencial es válida para
una persona sin limitación de ingresos.
13.2 VIEWPOINT entregará a los
expositores credenciales de "Personal de
stands" por cada 4 m² (máximo
20). Cada
credencial es válida para una persona y tendrá
derecho a un acceso diario a la muestra.
13.3 Las credenciales indicadas se entregarán
al expositor una vez satisfecha la totalidad de sus pagos
por todo concepto.
13.4 Los expositores y su personal están
obligados a permitir el examen de los bultos y/o vehículos
que entren y/o salgan del Centro Costa Salguero.
13.5 La entrada de vehículos en
el Centro Costa Salguero no está permitida durante
las horas en que la Exposición está abierta
al público.
Durante los períodos de armado y desarmado los
vehículos estarán autorizados a permanecer
la cantidad de tiempo necesaria para cargar y/o descargar
y en los lugares que VIEWPOINT S.A. especificará
para ese propósito.
13.6 Las credenciales son de uso personal,
y la inapropiada utilización de las mismas, autoriza
a VIEWPOINT para retirarlas y para prohibir a las personas
involucradas en tales manipulaciones entrar a la Exposición.
14.
INVITACIONES
14.1 Los expositores contarán
con 200 invitaciones para ser entregadas a sus clientes
o comerciantes del sector. En caso de necesitar más
invitaciones profesionales, estas deben ser solicitadas
a VIEWPOINT S.A. antes del día
02 de Abril de 2007.
14.2 La Exposición proveerá
de tarjetas de invitación al Acto Inaugural para
invitados del expositor en cantidad de 1 (una) por cada
metro cuadrado de lote adquirido.
14.3 Las únicas invitaciones aceptadas
por los controles de puertas para permitir el acceso a
la muestra, serán las oficiales
entregadas por ARMINERA 2007. No tendrán
validez otras invitaciones que puedan existir.
14.4.ARMINERA 2007 es
una Exposición Profesional, por lo tanto no se
admitirá el ingreso a menores de 14 años
sin
excepción.
14.5 Viewpoint S.A. se reserva el derecho
de negar la admisión de cualquier persona a su
discreción.
15.
REGLAMENTO DE STANDS Y SERVICIOS ADICIONALES
La documentación de proyectos, construcción
y desarme de los stands, deben ajustarse al Reglamento
de Stands y Servicios Adicionales que se adjunta y forma
parte integrante de este Reglamento General.
VIEWPOINT S.A. en casos excepcionales
se reserva el derecho de efectuar las autorizaciones y
modificaciones al Reglamento de Stands y Servicios Adicionales,
que a su mejor saber y entender considere convenientes
para el mayor éxito de la exposición.
16. ASESORAMIENTO
VIEWPOINT S.A. está a disposición
del Expositor para asesorarlo en todo lo concerniente
a su participación, a los aspectos técnicos
de la muestra e interpretación del presente Reglamento.
17.
MODIFICACIONES - APLAZAMIENTO - ANULACION
La indicación de la ubicación de los módulos
tiene el único valor de una intención de
preferencia. VIEWPOINT se reserva el derecho de modificar
los planos y en consecuencia la ubicación indicada.
Asimismo cuando lo considere conveniente, y para un mejor
desarrollo de la exposición, podrá modificar
las fechas y horarios de la misma. En ningún caso
el ejercicio de estos derechos por parte de VIEWPOINT,
dará lugar a rescisión del presente, o a
reclamo o indemnización alguna por parte de los
expositores.
El caso fortuito o la fuerza mayor que tengan como consecuencia
la anulación del evento sólo obligará
a VIEWPOINT a devolver las sumas abonadas por los Expositores,
previa deducción a prorrata de los gastos efectuados.
En ningún caso dará derecho a indemnización
alguna.
Se considera fuerza mayor todo acontecimiento que VIEWPOINT,
no obstante haber procedido con razonable diligencia,
no haya podido prever, o que aún previéndolo
no haya podido evitar. Será considerado especialmente
como fuerza mayor el hecho que, no obstante haberse contratado
el espacio correspondiente para la realización
del evento, el propietario o detentado del mismo no permita
su utilización en la fecha acordada, por causas
no imputables a VIEWPOINT.
18.
DOMICILIO LEGAL
A todos los efectos legales constituyen domicilio, VIEWPOINT
S.A. en Arenales 1131 2º Piso Of. "10"
(C1061AAI) Buenos Aires - Argentina; el Expositor en el
lugar que se determine en la Solicitud de Participación,
y se someten a la jurisdicción de los tribunales
ordinarios de la Capital Federal (Justicia en lo Comercial),
con expresa renuncia a cualquier otro fuero o jurisdicción
que pudiera corresponder.
19.
LUGAR DE PAGO
Los pagos deberán efectuarse en las oficinas de
VIEWPOINT S.A., Arenales 1131 2º
Piso Of. "10" (C1061AAI) Buenos Aires-Argentina.
Los cheques deben ser a la orden de VIEWPOINT
S.A.
REGLAMENTO DE STAND
Y SERVICIOS ADICIONALES
1. CONDICIONES GENERALES
1.1 Las presentes normas plantean mínimas
restricciones al proyecto de los stands, en consecuencia,
el cumplimiento de las mismas es de indudable beneficio
para el conjunto de los expositores. Las limitaciones
de altura, cerramientos y cobertura, por ejemplo, han
demostrado en las realizaciones anteriores, ser eficaces
recursos de integración visual y coherencia de
imagen. Este criterio normativo asegura a cada expositor
un equilibrio en las posibilidades de exhibición
de sus productos en un ámbito donde éstos
deben ser, sin duda, los protagonistas. Estas normas son
de cumplimiento obligatorio. Las autoridades de VIEWPOINT
podrán observar, corregir por cuenta del expositor,
prohibir y/o clausurar los stands que no se ajusten a
estas normas.
1.2 Se define como "módulo",
el espacio indicado en planos con su correspondiente numeración
y medidas.
1.3 Se define como "stand"
al total del espacio utilizado, y que puede estar formado
por uno o más módulos.
1.4 A todos los efectos identificatorios
del expositor (señalización, catálogo
de expositores, etc.) se le adjudicará el menor
de los números correspondientes a cada módulo
utilizado por un mismo expositor.
1.5 En cada caso de que se considere
conveniente, las autoridades del C.E. emitirán
comunicados técnicos complementarios de estas normas,
los cuales serán oportunamente publicados en los
boletines informativos, por lo que se recomienda a los
expositores, trasladar esa información a los respectivos
proyectistas y constructores de stands.
Dichos comunicados son de pleno cumplimiento, igual que
el presente Reglamento General.
1.6 El proyecto y dirección de
stands en mas de 50 m. cuadrados deberán estar
a cargo de un profesional (arquitecto o ingeniero).
2.
RESTRICCIONES DIMENSIONALES
2.1 Ningún elemento puede exceder
los límites del lote, a ninguna altura.
2.2 La altura máxima de las construcciones,
inclusive artefactos de iluminación, será
de 2,40 / 2,50 m.
2.3 Como excepción al punto 2.2
y con el objeto de permitir un mayor desarrollo arquitectónico
del stand, se podrá llegar hasta los 3,50 m. de
altura en una superficie delimitada por un retiro de 1,00
m. de cada uno de los lados del espacio utilizado, valiendo
esto mismo para la línea de frente del stand.
2.4 Los stands de más de 50 m²
de superficie podrán llegar hasta los 4 m. de altura,
y los stands que superen los 90 m² podrán
alcanzar los 5 m. de altura, siempre con la limitación
de retirarse 1,00 m. de las medianeras y línea
de frente.
2.5 En el caso de las construcciones
en doble altura la superficie de planta superior no podrá
ser mayor al 30% de la superficie total arrendada.
2.6 EI elemento que resulte elevado deberá
presentar todas sus caras tratadas con igual jerarquía,
esto es con el objeto de no interferir con la estética
de los stands vecinos.
Los letreros y anuncios publicitarios que superan Ios
2,40 m. de altura deberán cumplir con esta condición.
En caso de dudas sobre la interpretación del presente
artículo se solicita a las empresas participantes
requerir las aclaraciones pertinentes a la Dirección
Técnica de la exposición.
2.7 Los frentes de mostradores de atención,
deberán quedar a una distancia mínima de
0,80 m. respecto de las líneas de frente de los
lotes.
2.8 En todos los casos las medidas de
los módulos serán tomadas de eje a eje.
Al encontrarse los lotes divididos por
panelería cuyo espesor oscila entre los 7 y 40
mm. aproximadamente, se recomienda a los expositores trabajar
en el
diseño de sus stands con márgenes de seguridad
en las dimensiones de los elementos y verificar en obra
las medidas
exactas del lote arrendado.
3. ELEMENTOS PROVISTOS POR “ARMINERA
2007”
3.1 Alfombra en el stand y pasillo.
3.2 Divisiones entre lotes, constituídas
por panelerías de 2.40 / 2,50 m. de alto de sistema
modular con perfil de aluminio y paneles blancos.
3.3 Cartel de expositor, uniformes en
tamaño y tipo de letra con el nombre del expositor
y número del stand.
Sobre este cartel no puede agregarse ningún otro
tipo de leyenda u otro elemento, tampoco podrá
cambiarse o corregir el nombre pedido en la solicitud
de participación, ni la ubicación asignada
a dicho cartel.
3.4 Todos los stands se proveen con 50
W de corriente eléctrica por 220 V por cada metro
cuadrado de superficie de stand, sin cargo.
4.
MEDIANERAS
4.1 Son tabiques de paneles de 2,40 /
2,50 m. de alto, sistema modular Octanorm o similar, con
paneles blancos y perfilería de aluminio.
Sobre éstos se pueden fijar únicamente materiales
autoadhesivos, pero no pintar, clavar o cortar, atornillar,
causar daño alguno; los paneles dañados
se cobrarán al expositor. Podrá colgarse
del perfil superior cuadros, murales, o muestrarios que
no superen los 5 kg. por panel.
Estos paneles serán utilizados sólo como
medianeras de lotes, demarcando los laterales y el fondo
de los mismos, por lo tanto, no podrá cambiarse
su posición, ni sacar o agregar paneles adicionales.
4.2 Cada expositor deberá comunicar
a la intendencia de la exposición cualquier deterioro
que pudiese existir,
tanto en los paneles como en el piso o paredes del edificio,
en el momento de hacerse cargo del espacio. En tal caso
se procederá a entregar un comprobante de descargo.
5.
PISOS
5.1 Es conveniente realizar un reconocimiento
del lugar antes de la construcción.
5.2 El piso existente es de asfalto pigmentado.
5.3 El piso no se puede enduir, pintar
ni cubrir con materiales granulados. Puede cubrirse con
tarimas, alfombras o
revestimientos sobre tarimas.
5.4 Está prohibido perforar, romper,
deteriorar o excavar canaletas en el piso.
5.5 Los pisos existentes tienen una resistencia
máxima de 2,5 kg. por centímetro cuadrado.
Objetos pesados, máquinas o columnas deberán
repartir el peso apoyándose sobre planchas de hierro
o tablones de madera de sección suficiente.
5.6 No se admiten fundaciones ni cimientos.
Todas las construcciones deben apoyarse sobre el piso
existente, sin
romperlo.
6.
PLAN DE TIEMPOS
Presentación de Planos: hasta
el 02 de Abril de 2007.
Pago de Servicios Adicionales: hasta
el 02 de Abril de 2007
Retiro de Credenciales e Invitaciones:
desde el 02 de Abril de 2007.
Retiro del Permiso de Iniciación de Montaje:
desde el 02 de Abril de 2007.
Montaje de Stands: desde el Martes 01
a las 8 horas hasta el Miércoles 02 a las 12 horas.
Acto inaugural: Miércoles 02 de
Mayo a las 18 hs.
Período de Apertura al Comerciante y/o
Profesional del Sector: del Miércoles
02 de Mayo al Viernes 04 de Mayo de 14 a 21 hs.
Desmontaje y Retiro de los Elementos de Stands:
desde el Viernes 04 a las 21 horas hasta el Sábado
05 a las 10 horas.
7.
DESARME
7.1 Los expositores están obligados
a retirar sus productos, a desarmar y retirar sus stands
y a devolver el lote y los elementos provistos por la
exposición (ver art. 3) en iguales condiciones
a las recibidas, a partir de las 21 hs. del
04 de Mayo hasta las 10hs. del Sábado 5.
7.2 Los deterioros que se comprueben
serán consignados por las autoridades de la exposición
en el formulario "Certificado de Salida". Este
deberá ser solicitado en Intendencia al finalizar
el desarme y previamente a su retiro del predio, en todos
los casos. Los expositores que no lo soliciten aceptan
la liquidación de gastos ocasionados. Los deterioros
producidos en instalaciones se repararán a cargo
del Expositor, procediéndose luego a deducir el
monto resultante del Documento de Garantía a que
hace mención el art. 8.
Los Expositores no están autorizados a realizar
reparaciones de ninguna clase.
7.3 El incumplimiento del desarme y de
la desocupación del lote en la oportunidad establecida,
dará derecho a VIEWPOINT a efectuarlo, por cuenta
y a cargo del expositor como asimismo a retener en garantía
los materiales y/o mercadería del expositor hasta
que éste cancele la totalidad de los gastos originados.
Asimismo podrá aplicar al expositor una multa de
hasta un diez por ciento (10%) del valor del stand. Transcurridos
30 días desde la finalización de Ia exposición
sin que el expositor haya cancelado su deuda y se haya
hecho cargo de sus pertenencias, VIEWPOINT queda autorizado
a vender en pública subasta, sin base, al mejor
postor y a través de martillero de su elección,
los bienes retenidos. Una vez cubiertos los gastos y cancelada
la deuda del expositor, el saldo si lo hubiera será
puesto a su disposición.
8.
GARANTIA
8.1 En garantía del cumplimiento
del presente Reglamento General el expositor deberá
firmar una carta compromiso en papel membrete de la empresa
por la cual se hace responsable por los daños causados
por su personal, transportistas,
o por las cosas de las que se sirve o tiene a su cuidado.
Si no existieran tales daños le será devuelto
al expositor en la oficina de VIEWPOINT contra la presentación
del "Certificado de Salida",
que deberá solicitar en Intendencia al finalizar
el desarme y previamente a su retiro del predio, en todos
los casos. Esta será expedido por las autoridades
de la Exposición consignado CON o SIN cargos para
el expositor dependiendo que haya deterioros o daños
imputables o no, respectivamente.
8.2 La carta compromiso será destruida
30 días después de la fecha de vencimiento,
si no ha sido retirado por el
expositor.
9.
PROHIBICIONES
9.1 Los expositores que deseen instalar
emisores de sonido (audiovisuales, videograbadores) en
funcionamiento permanente o intermitente, deberán
instalarlos en condiciones que no produzcan molestias.
9.2 Están prohibidos todos los
materiales de albañilería, o cualquier otra
clase de construcción húmeda o materiales
sueltos (granza, piedra partida, aserrín, etc.).
Todos Ios materiales deben ser de la menor combustibilidad.
9.3 Está prohibido picar, agujerear,
soldar, cortar, pintar, colgar de, apoyar en y/o deteriorar
las paredes, pavimentos,
columnas, techos, cordones y toda instalación existente.
9.4 Los cielorrasos en todos los casos
deben ser autoportantes, es decir, no pueden apoyarse
sobre los tabiques
medianeros.
9.5 Los tableros de electricidad general
ubicados en posiciones que resulten incluídas dentro
de los lotes deberán mantener fácil acceso
permanente. Los elementos de prevención de incendios
deberán, además, quedar a la vista.
9.6 Utilizar cualquier tipo de calefactores
o artefactos que funcionen a gas o combustible líquido.
9.7 Quedan prohibidos los carteles luminosos,
destellos, luces intermitentes o giratorias.
10.
PRESENTACION DE PLANOS Y DOCUMENTACION
10.1 Los expositores deberán presentar
antes del 02/04/2007 en las oficinas de VIEWPOINT, Arenales
1131 2º Piso Of. "10" (C1061AAI) Buenos
Aires - Argentina, dos copias de planos en escala 1:20
o 1:50, cada copia con una elevación y una planta
del stand (no perspectiva). Los planos aprobados u observados
podrán ser retirados 10 días después
de su presentación.
10.2 "Permiso de Iniciación
de Montaje": para poder iniciar la construcción
del stand los expositores o sus constructores,
debidamente autorizados, deberán contar con el
permiso de referencia, el cual será entregado por
VIEWPOINT.
Para obtener el "Permiso de Iniciación de
Montaje" los expositores deberán haber cumplimentado
previamente las siguientes obligaciones:
a) Tener firmada la solicitud de participación.
b) Haber cancelado todo saldo exigible.
c) Haber firmado la carta compromiso.
d) Haber presentado en los plazos establecidos documentación
reglamentaria.
e) No se permitirá, sin excepciones, la iniciación
del montaje de stands, el acopio de elementos,
ni el ingreso de materiales o equipos de montaje, a aquellas
empresas expositoras a quienes no se les haya entregado
el correspondiente permiso, el cual deberá ser
presentado cada vez que la Intendencia de la muestra lo
solicite.
11.
SANCIONES
11.1 Las autoridades de la exposición
realizarán sucesivas inspecciones para verificar
el correcto cumplimiento de las normas establecidas.
11.2 La falta de cumplimiento de las
disposiciones del presente Reglamento de Stands, sin perjuicio
de lo
establecido en el punto 6.6 del Reglamento General, y
para el caso de que una vez requerido el expositor no
cesara la transgresión, autorizará a VIEWPOINT.
11.2.1 A aplicar a los expositores multas
de hasta el 25% del precio del stand en infracción.
Las mismas deberán ser abonadas dentro de las 24
horas de comunicadas.
11.2.2 A cortar en forma transitoria
o definitiva el suministro eléctrico del stand.
11.2.3 A clausurar en forma provisoria
o definitiva el stand.
11.2.4 A efectuar por cuenta y cargo
del expositor la inmediata corrección de las irregularidades
existentes.
11.2.5 Las sanciones establecidas podrán
ser aplicadas en forma conjunta o separada. En ningún
caso la
aplicación de estas sanciones otorgará al
expositor derecho a reclamo o indemnización alguna.
12.
SOLICITUD DE SERVICIOS ADICIONALES
12.1 Estos servicios deberán ser
solicitados en formulario a VIEWPOINT S.A.
y abonados en la sede del mismo en
Buenos Aires antes del 02 de Abril de 2007.
12.2 Pedidos y pagos fuera de término.
No se aceptarán solicitudes fuera de los términos
indicados, ni se proveerán los servicios impagos
en las fechas expresadas en 12.1.
12.3 La tarifa se comunicará oportunamente
en un Boletín Informativo.
13. ENERGIA ELECTRICA
13.1 Iluminación: Podrá solicitarse
con cargo adicional (además de los 50 W por cada
metro cuadrado por stand que le corresponden
sin cargo), conexión de corriente eléctrica
hasta un máximo de 100 watts por m² de stand
arrendado. El
expositor deberá basar su pedido en el cálcuIo
de potencias de uso simultáneo.
Por razones de carácter técnico no podrán
atenderse pedidos de electricidad con posterioridad al
vencimiento del plazo establecido a tal efecto, con excepción
de los casos de los stands adquiridos con posterioridad
a dicho plazo. No se atenderán pedidos de reintegro
o de dinero por cargas pagadas y no usadas.
13.2 Cálculo de carga:
La unidad de medida para el cálculo de la energía
eléctrica será el Kw (equivalente a 1000
watts), y éste podrá ser fraccionado sólo
en medios Kw (0,5 Kw). Asimismo la potencia mínima
a instalar por expositor será de 1 Kw.
13.3 Suministro de energía: La
energía eléctrica será suministrada
desde las cajas o buzones existentes en las islas o
columnas de los pabellones. El tendido de las líneas,
no la conexión, hasta estas cajas o buzones, lo
realizará el
expositor con conductores de cobre de sección no
inferior a 2,5 mm.. Las acometidas monofásicas
se permitirán sólo
hasta 3 Kw, para potencias superiores la línea
será trifásica equilibrando la carga. El
acceso a las cajas o buzones
está vedado al ARMINERA 2007 suministrará
borme de tierra para seguridad el cual será de
conexión obligatoria, es
decir no se suministrará energía eléctrica
sin el correspondiente conductor de protección
y el interruptor general
blindado.
13.4 Instalaciones obligatorias
por cuenta y cargo del expositor: Más
de 1 Kw: una caja con llaves térmicas con capacidad
equivalente a la potencia solicitada.
Para iluminación del stand: Interruptor,
conductores hasta artefactos.
Para fuerza motriz: conductor desde caja a interruptor
general; interruptor general; conductores hasta interruptores
de cada motor; arrancadores limitadores de corriente en
todo motor mayor de 10 HP, dispositivos de seguridad en
cada motor.
Conductores: Deberán ser de sección
adecuada. Los vivos y neutro de goma o P.V.C. de tierra,
desnudo. El cable de tierra deberá ser fácilmente
identificable del resto de los conductores.
Interruptores: H30 hasta 1/2 Kw. convencional
a baquelita, mayores de 1/2 Kw. metálicos blindados
con base aislante, interruptor, portafusibles, de capacidad
igual a la potencia solicitada.
Instalaciones: los conductores deben aislarse adosados
a cantos de panel o sobre piso sin romper ni calar paneles
ni piso; y debidamente protegidos. No se admite cable
a tierra como divisor de fase.
En ningún caso la posible "tensión
de contacto" podrá ser superior a 24 Volts,
a este efecto, tanto la calibración de las protecciones
y la sección del conductor correspondiente serán
las adecuadas para producir la interrupción del
suministro en caso de cualquier falla.
La comprobación de la tensión de contacto,
la vinculación eléctrica de todas las partes
metálicas y el correcto funcionamiento de las protecciones
será exclusiva responsabilidad del expositor. VIEWPOINT
no se responsabiliza en casos de deficiencias en las instalaciones
de iluminación y otros artefactos eléctricos.
CONEXION: para obtener corriente el expositor
debe contar con la aprobación de su instalación
por el C.E. (Dirección Técnica).
DESCONEXION: cada día, a la hora
de cierre, el expositor debe desconectar:
1) Interruptor de cada máquina o equipo de 380
V.
2) Interruptor general de 380 volts.
3) Interruptor de cada máquina, equipo o circuitos
de iluminación de 220 V.
4) Interruptor general de 220 volts.
13.5 El expositor asume la totalidad
de la responsabilidad por los daños provocados
por sus elementos eléctricos.
14. AGUA Y DESAGÜE
No se proveen conexiones de agua ni desagüe, estas
serán con cargo.
Los expositores que necesiten de este servicio, deberán
consultar a VIEWPOINT (Dirección Técnica)
acerca de la factibilidad de realizar la instalación
de la ubicación de los espacios que deseen ocupar,
atento a que el Centro Costa Salguero no cuenta con este
servicio.
Se aconseja a los expositores que decidieran exhibir elementos
con incorporación de agua en movimiento, hacerlo
mediante la utilización de circuitos cerrados de
conducción.
15. MATAFUEGOS
Es obligatorio, de acuerdo con las disposiciones vigentes
del Departamento de Bomberos de la Policía Federal,
disponer en cada stand de un matafuegos de 1 kg. de carga
mínima. El mismo debe ubicarse en un lugar accesible
y a la vista.
16.
PROHIBICIONES
16.1 Efectuar conexiones clandestinas
y/o conectar potencias superiores a las solicitadas o
aprobadas por la Dirección
Técnica.
En todo momento el Expositor deberá facilitar la
inspección de las instalaciones por parte de D.T.
o C.E.
16.2 Utilizar cualquier tipo de calefactores
y/o artefactos que funcionen a gas o combustible líquido.
17. TARIFAS
Los precios por los servicios que serán estrictamente
los de costo (incluyendo instalación y suministro)
serán puestos en conocimiento de los expositores
a través de los correspondientes boletines informativos.